viernes, 10 de febrero de 2017

El Lenguaje Jurídico, La Redacción Jurídica, sus Características e Importancia.

El Lenguaje Jurídico.
                Es el conjunto de términos y expresiones, que denotan principios y reglas a que están sometidas las relaciones humanas en la sociedad civil.
                La función de este léxico es sintetizar los conceptos básicos en los que se sustenta la experiencia y el saber metódico acerca del Derecho. Su finalidad es la univocidad semántica, la economía léxica y la precisión conceptual o claridad entre los expertos.

Características.
                Uno de los rasgos principales del lenguaje del derecho es su prescriptividad, característica necesaria para regular la conducta humana en determinado orden social. El lenguaje prescriptivo está constituido por las normas jurídicas y principios que permiten regular un determinado comportamiento desde el punto de vista lógico, es necesario también diferenciar el lenguaje jurídico (También denominado lenguaje del derecho, o lenguaje legal), y el lenguaje de los juristas. Así, el lenguaje del derecho es aquel que posee un contenido jurídico; el lenguaje de los juristas es aquel que emplean los especialistas que hablan del derecho (Metalenguaje).
Es muy diferente la acepción del diccionario de la lengua y otra la significación científica de un término jurídico. En efecto, los conceptos jurídicos difieren con frecuencia del concepto general o común.  A estas palabras se les llama “términos” o “vocablos”, y, referidos a su respectiva disciplina, forman la “terminología” o el “vocabulario”, en este caso, jurídico.
El lenguaje jurídico se caracteriza por el uso de términos integrados en la lengua común desde sus orígenes. son los que utiliza el ser humano como integrante de una sociedad en la que compra, vende o intercambia objetos, transmite los bienes al morir.
La mayor parte del vocabulario jurídico viene del latín, por ejemplo: Abogado, civil, delincuente, equidad, fideicomiso, legitimo, sanción, usufructo, incluso, debido a la influencia universal del latín es posible encontrar algunas semejanzas con otras lenguas: español: equidad; francés: équite ; italiano: equitá; ingles: equity.
Debido a la necesidad de emplear cada día términos más precisos, continuamente se observan cambios en la denominación de algunas voces jurídicas en nuestro sistema legislativo.  Así, hoy en día ya no escuchamos "almojarifazgo",  "cuerpo del delito" (este último cambió a "tipo penal", después, a "cuerpo del delito”...).  De la misma forma, los ahora denominados en el Código Penal federal, "delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual", antes eran identificados como "delitos sexuales"; asimismo, el "parricidio" y el "infanticidio" fueron agrupados bajo la denominación de "homicidio en razón del parentesco o relación".




Conclusión:

Como hemos visto, el lenguaje jurídico no es un conjunto de teorías absolutas o inmutables, sino un cuerpo dinámico de voces que se emplean para regular las complejas y cambiantes relaciones humanas. Es un lenguaje en el que no cuentan los factores de expresividad personal, como en la literatura, sino las pautas y convenciones que todos deben seguir. Esta distinción proviene del propósito mismo de su objetivo: regular las relaciones de las personas. Y, como la actividad de las personas está sometida a actos cotidianos, el lenguaje que se use para regular esta actividad debe ser comprensible para todos, o sea, que, por más que se hagan precisiones científicas, no debe separarse la connotación técnica del significado ordinario de la palabra. Debido a que como indicamos antes los útiles de trabajo del legislador no son más palabras, al redactar las leyes aquél debe poner especial cuidado en cada término, pues recordemos que en las leyes, la claridad de cada cláusula consiste no sólo en que las palabras empleadas denoten con precisión el concepto, sino también que el texto sea entendido.  

Redacción Jurídica:
Es uno de los propósitos fundamentales de la facultad en la información de los profesionales del derecho ya que ello llevará a los abogados en formación que el conocimiento jurídico es dinámico, evoluciona a la par con el desarrollo de la sociedad y de las Instituciones sociales y requiere que se le de forma y comunique a través de la lengua, por ello se contempla dentro de los planes de estudio la investigación y redacción  jurídica.
La redacción profesional del abogado es una actividad compleja, que se puede descomponer y estudiar en  varios pasos:
1.     Cómo planificar el escrito, cómo preparar el esquema, cómo razonar y organizar las ideas.  Esta tarea incluye cómo comprender el problema, cómo encontrar el derecho aplicable. Cómo diseñar  la respuesta y  las recomendaciones prácticas.
2.     Cómo  redactar párrafos. El párrafo es la unidad de expresión de un razonamiento en un escrito expositivo y argumentativo.
3.     Cómo redactar oraciones. La oración es la unidad de expresión de un pensamiento o un juicio. Redactar oraciones incluye la comprensión de los tipos de oraciones y su utilidad.
4.     Qué palabras escoger. La palabra es la unidad de expresión de una idea. Precisión, Concisión, y sencillez.
5.     Cómo asegurar claridad en las expresiones.
6.     Cómo lograr poder persuasivo. Recursos específicos para convencer.
7.     Un toque artístico.
Debemos tomar en cuenta antes de comenzar a redactar un escrito, los cuatro principios básicos de todo escrito expositivo y argumentativo. Estos principios tiene por objeto ayudar a obtener mentalmente ordenado y se aplica a cada escrito y a cada unidad dentro del escrito: a cada capítulo, título, subtítulo o párrafo. El escritor debe además considerar los principios de estilo apropiado para cada escrito, con el fin de asegurar que el escrito sea un instrumento idóneo para comunicar y convencer.




Importancia de la redacción jurídica:
En el caso de los documentos jurídicos, el profesional del derecho debe tener cuidado de no hacer gala de una riqueza verbal, que quizá durante su carrera le proporcionó la literatura. Si desea que su redacción sea clara y precisa, debe abstenerse de emplear una imperiosa y elegante gama de metáforas. Lo que se plasme y exprese en el escrito, deben ser enunciados de fácil comprensión para quien los lee.  
 Lo importante de toda buena redacción es tomar consciencia que la escritura debe ser el reflejo de un correcto pensamiento. Plasmar la terminología correcta, no siempre resulta sencillo, para ello hay que leer, estudiar y sobre todo practicar. Si cerramos nuestra mente ante la realidad que existe en las palabras, no nos ayudará a mejorar ni como profesionales, ni como buenos redactores, puesto que nuestro cerebro no se ejercita. La redacción para el profesional del derecho, no debe ser visto como algún elemento opcional, sino obligatorio. 

La redacción jurídica es el complemento indispensable de los profesionales del derecho ya que una buena redacción te permitirá expresar de forma clara y concisa lo que necesitas. Haciendo un buen uso del léxico jurídico, siendo  coherente y claro en tus planteamientos, es por ello que la redacción jurídica es fundamental para el abogado, ya que su día a día gira en torno a papeles, escritos, demandas, petitorios etc.

Hender Castillo.
20.464.890
San Felipe - Venezuela.



                

sábado, 4 de febrero de 2017

LA REDACCIÓN JURÍDICA






LA   REDACCIÓN    JURÍDICA



Es uno de los propósitos fundamentales de la facultad en la información de los profesionales del Derecho ya que ello llevará a los abogados en formación que el conocimiento jurídico es dinámico, evoluciona a la par con el desarrollo de la sociedad y de las Instituciones sociales y requiere que se le de forma y comunique a través de la lengua, por ello se contempla dentro de los  planes de estudio la investigación y redacción  jurídica.
La redacción profesional del abogado es una actividad compleja, que se puede descomponer y estudiar en  varios pasos:
1.     Cómo planificar el escrito, cómo preparar el esquema, cómo razonar y organizar las ideas.  Esta tarea incluye cómo comprender el problema, cómo encontrar el derecho aplicable. Cómo diseñar  la respuesta y  las recomendaciones prácticas.
2.     Cómo  redactar párrafos. El párrafo es la unidad de expresión de un razonamiento en un escrito expositivo y argumentativo.
3.     Cómo redactar oraciones. La oración es la unidad de expresión de un pensamiento o un juicio. Redactar oraciones incluye la comprensión de los tipos de oraciones y su utilidad.
4.     Qué palabras escoger. La palabra es la unidad de expresión de una idea. Precisión, Concisión, y sencillez.
5.     Cómo asegurar claridad en las expresiones.
6.     Cómo lograr poder persuasivo. Recursos específicos para convencer.
7.     Un toque artístico.
Debemos tomar en cuenta antes de comenzar a redactar un escrito, los cuatro principios básicos de todo escrito expositivo y argumentativo. Estos principios tiene por objeto ayudar a obtener mentalmente ordenado y se aplica a cada escrito y a cada unidad dentro del escrito: a cada capitulo, título, subtítulo o párrafo. El escritor debe además considerar los principios de estilo apropiado para cada escrito, con el fin de asegurar que el escrito sea un instrumento idóneo para comunicar y convencer.
       CARACTERÍSTICAS: 
1.    PRINCIPIO DE UNIDAD DEL ESCRITO: Todo escrito debe tratar un tema, el cual se debe enunciar en el titulo de dicho escrito. Asimismo, se debe poder resumir y presentar al principio del escrito en una oración, aunque pueda requerir uno o varios párrafos para su presentación completa. El resto del escrito se dedica a desarrollar el tema.
De tal manera, que el tema principal sea evidentemente amplio y comprenda los temas de todos sus capítulos. El tema de cada capítulo es menos amplio que el del escrito pero abarca los temas de todos los títulos y subtítulos. Y el de cada título y subtítulo abarca el de cada uno de sus párrafos. Hacer la oración resumen del escrito, capítulo o párrafo requiere, definir la idea básica central que será desarrollada en el escrito y organizar el pensamiento y ordenarlo en un esquema claro de desarrollo antes de comenzar a escribir.

2. PRINCIPIO DE LA AUTOCONTENCION: Todo escrito debe ser autoexplicativo, debe dejar en el lector la sensación de que no sobran ni faltan ideas ni palabras, que no tengan que recordar otros documentos o secciones, o volver a ellos, para poder comprender lo que usted dice. Una forma de desorden es redactar ideas  incompletas en cada párrafo, capitulo o escrito y deja la impresión en el lector de que para comprender lo escrito debe acudir a puntos ya tratados o que se tratarán después, o dando por sentando el escritor de que el lector está al tanto de temas, noticias o conceptos que no conoce o que tiene acceso a información que no puede consultar, al menos, inmediatamente, cuando esto ocurre, terminan estos escritores sin explicar ningún tema y dejan al lector siempre al aire.
En todo caso, el redactor, siempre debe suministrar ideas completas, autónomas y autocontenidas en cada ocasión y cuidar que al lector le sea fácil recurrir al sitio remitido en los casos en que se justifique tal situación, que son dos; la primera: cuando para conocer lo que se está explicando se requiere conocer previamente una información ya dicha; segunda: si el tema tratado tangencialmente en un sitio, es tratado profundamente antes o después.


IMPORTANTE:

TANGENCIAL
 [Asunto o idea] que se relaciona lateral y no significativamente con el tema del que se trata: sus apostillas son tangenciales y no merecen mención.


3. PRINCIPIO DE CONCATENACIÓN: En todo escrito cada idea debe llevar a la siguiente. El escritor si se plantea su trabajo  en torno a ideas centrales y concatenadas, su escrito tendrá una columna vertebral, será ordenado y coherente y su mensaje llegará al lector.
Para el abogado un escrito profesional, debe precisar el sentido del escrito y comprender su alcance; determinar los hechos y las normas legales aplicables; luego estudiar la relación de los hechos con las fuentes del derecho hasta llegar a la conclusión. Cuando expone todo ese proceso al cliente debe ir paso a paso.


4. PRINCIPIO  DE COHERENCIA: Todo escrito debe seguir un esquema. El esquema es la espina dorsal de una opinión legal y de cualquier escrito, debe contener todo el hilo de la exposición. Madurar las ideas previamente y hacer un esquema (mapa, bosquejo), lo mantiene a uno en línea, ayuda a fijar la mente en cada punto en discusión y balancear su importancia en relación con el todo. Piense despacio y podrá escribir de prisa, tome la pluma cuando vea el tema con toda claridad’, debes darle un encabezamiento a los puntos mas importantes, como ‘hechos’, fundamento legal’. Un párrafo introductorio que ubique al lector en el tema que viene, para luego distribuirlo en segmentos pequeños. 

PARA TENER PENDIENTE:

Según la opinión de: David Efraín Misari Torpoco (2013):
“Es vergonzoso y denigrante ver a muchos abogados que no saben defender un caso, pero es más lamentable notar que el abogado no sepa redactar sus documentos. La paupérrima calidad ortográfica, la incoherencia en la sintaxis, el mal uso de los signos de puntuación  y la mala ubicación de la paráfrasis en los documentos dejan mucho que desear al que “se supone” es un profesional".

CONCLUSIONES

  • El lenguaje jurídico empleado por los abogados en sus escritos debe ser claro, conciso y estar conforme a ley, sobre la pretensión que se persigue.
  • La importancia de la redacción jurídica es fundamental en todo documento jurídico, ya que si los profesionales del derecho no se expresan con la terminología adecuada, la redacción de su escrito puede llegar a perder su objetividad.
  • La redacción jurídica debe resultar eficaz, sobre todo, si a través del escrito, se logra el propósito de lo que se solicita. Además todo documento debe informar, persuadir, estimular y esclarecer los hechos narrados para conseguir resultados óptimos de lo que se está solicitando.
  • La palabra escrita es el principal elemento del lenguaje jurídico, por este motivo, es de suma importancia para redactar los documentos con una coherencia pertinente.
  • La redacción jurídica debe poseer dos instrumentos: las reglas de la gramática y el estilo. Es lógico que para poder redactar correctamente, hay que conocer las reglas de la lengua y así poder construir proposiciones coherentes.
  • Una buena redacción jurídica debe constar de oraciones cortas y claras, un correcto uso de la terminología jurídica en su sentido propio, y no contener palabras ambiguas u oscuras que dificulten su comprensión e interpretación.
  • Si un profesional del derecho se refiere a hechos concretos, aplicando de manera correcta el uso de un lenguaje apropiado y mantiene el estilo, orden y la claridad en sus escritos, su éxito está más que garantizado


ESTUDIANTE: FRANCISCO JAVIER VALBUENA
C.I. Nro. 20430687
UNIVERSIDAD "FERMIN TORO"
BARQUISIMETO- LARA
CARRERA: DERECHO
LAPSO A
ASIGNATURA: REDACCIÓN JURIDICA

EL LENGUAJE Y EL RAZONAMIENTO JURÍDICO






EL LENGUAJE JURÍDICO:


El llamado lenguaje Jurídico es la lengua empleada por los órganos de la Administración Pública y los juristas, en sus relaciones tanto internas como con los ciudadanos.
La frontera entre lenguaje jurídico y administrativo no está bien delimitada, y hasta cierto punto el primero puede considerarse un lenguaje administrativo específico. En consecuencia, ambos suelen estudiarse de forma conjunta, puesto que comparten recursos lingüísticos y coinciden en factores extralingüísticos.

Características
El lenguaje de los textos jurídicos y administrativos utiliza la lengua en su nivel más culto, lo que implica riqueza expresiva, concisión, claridad y precisión. 

Las principales características son las siguientes:

Tiene una estructura rígida, es decir, un esquema invariable establecido de antemano para cada tipo de escrito o documento. Por ejemplo una instancia, o un contrato.
El emisor tiene limitada la creatividad, subjetividad y expresividad. Por ejemplo, no puede improvisar una organización nueva para su mensaje.
Impersonalidad: El emisor real del texto muchas veces parece tener como única pretensión la de desaparecer de su escrito. Por ejemplo, documentos escritos en tercera persona.
El canal utilizado es el escrito. Pero no es un escrito cualquiera, sino debe ser en un papel oficial, firmado y fechado de una forma reglada.
La intención de los textos jurídicos y administrativos es informar y ordenar (función referencial y conativa). En el caso de que el emisor sea el ciudadano, la intención es solicitar o reclamar (función conativa).
La tipología textual puede ser descriptiva, instructiva, argumentativa, expositiva o narrativa, dependiendo de la parte del texto que se analice.
Uso de recursos tipográficos, como la cursiva, negrita, las comillas o la letra versal (mayúsculas).

Concepto de Tecnolecto:
 Tecnolecto m. [ling.] Jerga* especializada de los profesionales y de los gremios, fruto de la división social del niño y computador, la cual permite refinamiento en los actos de habla* cuyo referente es, de alguna manera, la empresa o el oficio; este refinamiento, llevado a la extravagancia, termina en una jerigonza*. 

Registro lingüístico que acompaña el desarrollo de la ciencia, el arte y la tecnología, y que mediante la capacitación en dichos conocimientos, se va difundiendo.

Importancia de la Terminología Jurídica, Técnica y 
jurídica.

A partir de su nacimiento como disciplina, tanto en su nivel científico (o teórico) como en su nivel técnico,  también ha ido desarrollando su propia terminología. En un primer lugar se justifica por la existencia de una amplia demanda. 

La importancia de este tipo de Técnica se ha incrementado en los últimos tiempos debido a tres factores fundamentales:

En primer lugar, el comercio que supone la existencia de una serie de nuevas figuras jurídicas como los contratos de compraventa, los seguros, la representación comercial, etc., entre distintos países. Además, Las Naciones Unidas y otros tratados, utilizan su lenguaje propio.
En segundo lugar, se han creado toda una serie de bloques político-económicos nuevos que intentan desarrollar modelos jurídicos comunes. 

Por último, la creciente movilidad de la población, el turismo y la emigración han generado relaciones jurídicas nuevas que hacen necesaria la presencia de nuevas técnicas jurídicas.

La terminología jurídica (como todo lenguaje especializado) resulta a veces confusa y ello conlleva a que se degenere su utilización, siendo usual que se consideren como sinónimas aquellas expresiones que no lo son realmente.

Para evitar controversias que obliguen a recurrir a la hermenéutica jurídica, es imprescindible que los operadores del Derecho hagamos correcta utilización de la terminología jurídica. El vocabulario forense es muy rico y, consecuentemente, es obligación ineludible el que lo conozcamos y sepamos dominar. Adoptar una actitud en este sentido contribuye a que lo razonado jurídicamente logre el cabal cumplimiento de sus propósitos; caso contrario, nuestras palabras serán interpretadas de manera errónea.

En general, frente al lenguaje científico y técnico, que se caracteriza por el incremento constante de su léxico y por su marcada preferencia por formantes  griegos e ingleses, el lenguaje jurídico manifiesta un cierto conservadurismo y una marcada inclinación hacia los términos de origen latino, aunque no falten los de otras procedencias.


RAZONAMIENTO JURÍDICO

El término razonamiento Jurídico  es un pensamiento que consta de juicios ordenados, normalmente se refiere a un conjunto de actividades mentales consistentes en conectar unas ideas con otras de acuerdo a ciertas reglas o también puede referirse al estudio de ese proceso.

Se llama también razonamiento al resultado de la actividad mental de razonar, es decir, un conjunto de proposiciones enlazadas entre sí que dan apoyo o justifican una idea. El razonamiento se corresponde con la actividad verbal de argumentar. En otras palabras, un argumento es la expresión verbal de un razonamiento.

El razonamiento lógico se refiere al uso de entendimiento para pasar de unas proposiciones a otras, partiendo de lo ya conocido o de lo que creemos conocer a lo desconocido o menos conocido.

El razonamiento jurídico implica considerar la aplicación de reglas de la lógica que permitan garantizar la coherencia lógica interna del conjunto de argumentos que relacionados entre sí, permitiendo arribar a una conclusión.

La posibilidad de poder argumentar nuestra posición, de dar razones de nuestra convicción, no es otra cosa que la capacidad desarrollada para presentar de manera objetiva y en aplicación de las normas jurídicas vigentes (aplicables a  todos por igual, de textura abierta y susceptibles de ser ambiguas o vagas), una cadena de argumentos que tienen como fin sustentar sólidamente una posición.

Como regla general, la aplicación de la lógica al razonamiento de los abogados se ha representado con un modelo de raciocinio. Este modelo denominado ¨silogismo jurídico¨, al que ya hemos hecho referencia, se compone de dos premisas y una conclusión derivada de aquéllas. Se dice que la conclusión es válida si las premisas lo son, pero desde un punto de vista formal. No importa aquí la corrección o verdad material de las premisas, sino simplemente que la conclusión se derive de ellas.

Las premisas de la inferencia del silogismo jurídico requieren, una vez determinadas, la verificación de su estructura lógica. Así, surge la necesidad de analizar si la estructura de la premisa mayor de carácter normativo se ajusta a la forma ¨supuesto-consecuencia¨; y si de otro lado la premisa menor corresponde efectivamente a un caso especial del supuesto de hecho general contenido en la premisa mayor, en la norma vigente.

Realizada dicha constatación y si encontramos para ambos casos respuestas afirmativas, llegaremos a una conclusión que será lógicamente válida, es decir que responderá positivamente a un análisis de coherencia lógica al ser consecuencia de la subsunción de ambas premisas.  Trabajando en descanso.

Este tipo de razonamiento servirá efectivamente para garantizar la solidez en la argumentación que el abogado o cualquier operador del derecho presente para sustentar su posición, sin perder de vista que lo que se evalúa es la corrección de la conclusión a partir de la estructura lógica de sus premisas de base.

La función de la lógica en el razonamiento de los abogados adquiere así gran relevancia, pues se convierte en una herramienta sumamente útil para elaborar procesos argumentativos sólidos que contengan una mínima posibilidad de ser refutados, garantizando entonces gran firmeza en la posición que sea de interés fortalecer del abogado o demás operadores del Derecho.

Argumentos Lógicos

La palabra argumento (del latín argumentum: prueba o razón para justificar algo como verdad o como acción razonable) se aplica a un discurso con referencia a un contenido que se dirige al interlocutor con finalidades diferentes:

La cualidad fundamental de un argumento es la consistencia y coherencia, entendiendo por tal el hecho de que el contenido de la expresión, discurso u obra adquiera sentido o significación de alguna de las formas siguientes:

Como contenido de verdad = consistencia y coherencia con otras verdades admitidas, o con referencia a un hecho o situación que haga verdadero o falso dicho contenido.
Como esquema lógico-formal = consistencia y coherencia con un sistema que no admite contradicción.
Como función lógico-matemática = consistencia y coherencia con el hecho de “ser algo real” frente a una mera posibilidad lógica que define un mundo o una situación posible en un determinado marco teórico que justifica la función.
Como finalidad de acción = consistencia o coherencia con otros intereses o motivaciones del individuo o individuos receptores del contenido como motivación a actuar de determinada manera.
Como resumen = visión global coherente de un tema literario o artístico vista en síntesis como un todo significativo.
Convincentes
Significados  encontrados en diferentes diccionarios:
-       Acción y efecto de convencer.
-       Que agrada o satisface: tras las primeras pruebas, resultó ser un actor bastante convincente.
-       Idea religiosa, ética o política a la que se está fuertemente adherido.

 Vicios de la Argumentación:
Dentro de los vicios más comunes cometidos al momento de argumentar los profesionales del Derecho, podemos encontrar entre otros, los siguientes:
-        Falacia: Razonamiento aparentemente "lógico" en el que el resultado es independiente de la  verdad de las premisas. En sentido estricto, una falacia lógica es la aplicación incorrecta de un principio lógico válido, o la aplicación de un principio inexistente. Ejemplos de razonamientos falaces Se ilustran errores comunes en un razonamiento. Cabe destacar que la crítica de un razonamiento no tiene relación con la validez de su conclusión. La conclusión puede ser válida, mientras que el razonamiento en sí mismo puede no serlo.
-        Paralogismo: Argumento o razonamiento falso, que se plantea sin una voluntad de engaño, y que tiene la forma de un silogismo o, más frecuentemente de un entimema. A diferencia de un sofisma el paralogismo no depende de una confusión malintencionada en los términos, sino de un error del razonamiento.



LA IMPORTANCIA DE LA ARGUMENTACIÓN

Cuando una solución se presenta como la única admisible por razones de buen sentido, de equidad o de interés general, por su peso argumental tiende a imponerse en el campo jurídico, aunque se necesite recurrir a una argumentación especial, para mostrar su conformidad con las normas legales. La solución se vuelve aceptable solo, cuando ella va acompañada de cierto consenso social y de una argumentación jurídica suficientemente sólida.

NECESIDAD DE LA ARGUMENTACIÓN

Como sostiene Genaro Carrió (2003), “la labor de los abogados es ciertamente técnica, pues consiste en usar ciertos medios para alcanzar un resultado a partir de una situación inicial dada. Mientras que la de los jueces consiste en utilizar normas generales para justificar decisiones particulares y concretas.
Podemos reconocer que todo acto humano, sin excepción alguna, es susceptible de ser percibido desde la perspectiva del juez, del abogado o del jurista y valorado y juzgado como acto jurídicamente significativo”

EN RESUMEN:
El razonamiento jurídico, es una estructura de pensamiento que no solo incluye elementos de la lógica formal, sino también de la lógica dialéctica, lo que nos permite vislumbrar la necesidad de un análisis desde la Filosofía del Derecho como de la Teoría General del Derecho. Este tipo de razonamiento pretende alcanzar cierto grado de verosimilitud, al fundarse en argumentos retóricos que lo constituyen y estructuran. El proceso argumentativo es encuentra íntimamente relacionado con la interpretación normativa, porque se necesita comprender acabadamente el derecho, para luego encontrar criterios que fundamenten el razonamiento jurídico. Sobre la interpretación que realicen los tribunales inferiores por medio de sus resoluciones, es posible realizar el control de logicidad, con la finalidad de otorgarle el máximo grado de corrección a este tipo de razonamiento.

Por lo tanto:
La idea de razonamiento alude al concepto de razón, la facultad del ser humano para entender la realidad. De esta manera, mediante nuestro razonamiento y el uso del lenguaje podemos describir algún aspecto de la realidad. Si aplicamos el concepto de razonamiento al ámbito del derecho estamos utilizando el razonamiento jurídico.



ELABORADO POR: 

EVELYN PERDOMO
C.I. 9321689
REDACCIÓN JURIDICA
LAPSO A
CARRERA: DERECHO
U.F.T. BARQUISIMETO